Los sujetos que realicen compras de mercaderías a proveedores del exterior, que ingresen al país mediante el correo oficial —incluido el servicio puerta a puerta—, podrán utilizar el procedimiento previsto en la Resolución General N° 3.579/14 AFIP (F. 4550) en dos oportunidades en el año calendario, resultando de aplicación la franquicia anual de U$S 25 prevista en la Reglamentación del Código Aduanero.
Fuente: Tarifar
Ver: Res. Gral. (AFIP) 3582/14 | BO: 22/01/2014