Mediante el sistema puerta a puerta se podrán efectuar hasta cinco operaciones online por año por un valor total máximo de US$ 1.000, de hasta 50 kilos de peso total y con una franquicia de US$ 25.
La resolución que da forma al nuevo régimen se publicará mañana en el Boletín Oficial y los consumidores podrán comenzar a utilizar esta modalidad de compra a partir de los últimos días de agosto, ya que la entrada en vigencia prevé un plazo de 30 días corridos desde su publicación.
La presentación fue realizada mediante un comunicado de prensa conjunto del Ministerio de Producción y la AFIP.
Esta modalidad de compra podrá ser utilizada sólo cinco veces, por año calendario y por persona, en envíos de hasta 50 kilogramos valuados en un importe inferior o igual a US$ 1.000, que no posean más de 3 unidades de la misma especie y que no se presuma una finalidad comercial.
Los envíos se podrán realizar por el Correo Argentino, para lo cual se deberá registrar la operación en la página Web de la AFIP, o por servicios de couriers privados, en cuyo caso serán éstos los encargados de realizar las declaraciones.
Para recibir los envíos por el Correo Argentino, los consumidores deberán ingresar en la Web de AFIP el número de seguimiento del envío (tracking ID) que proporciona Correo Argentino, y declarar el valor y la descripción del o los productos adquiridos.
La AFIP validará el registro y generará en forma automática un Volante Electrónico de Pago (VEP) por los conceptos y valores que correspondan abonar, luego tras el pago de este documento, la compra será recibida en el domicilio declarado, siempre que el envío no supere los dos kilogramos y su valor sea inferior a US$ 200.
Para los envíos mayores a 2 kilogramos y con un valor superior a US$ 200, se utilizará el mismo procedimiento pero deberá retirarse en una sucursal.
En caso de utilizarse un courier privado, será la empresa prestadora del servicio la encargada de realizar la declaración de los envíos, que incluirá la descripción de los productos involucrados y los valores correspondientes, a la vez que será el responsable tributario del pago ante la AFIP.
Una vez concretada la entrega, el consumidor tendrá 30 días corridos para confirmar la recepción del envío, lo que lo habilitará para realizar operaciones posteriores bajo la misma modalidad puerta a puerta.



















